Centro de conciliación
¿En qué consiste?
En el centro de Conciliación Rafael Uribe Uribe estamos autorizados para efectuar conciliaciones extrajudiciales en derecho que versen sobre los siguientes asuntos, cuya cuantía no exceda de los cincuenta (50) salarios mínimos legales mensuales vigentes:
En materia de Familia, controversias relacionadas con:
• La custodia y el régimen de visitas sobre menores e incapaces.
• Las obligaciones alimentarias.
• Declaración de la unión marital de hecho y su disolución.
• Liquidación de la sociedad patrimonial.
• Capitulaciones matrimoniales.
• Entre cónyuges sobre la dirección conjunta del hogar y entre padres sobre el ejercicio de la autoridad paternofilial.
• Separación de bienes y de cuerpos.
• Aumento, disminución, exoneración de cuota de alimentos.
• Rescisión de la partición en las sucesiones y liquidaciones de sociedades conyugales o sociedades patrimoniales entre compañeros permanentes.
En materia civil, controversias relacionadas con:
• Relaciones o situaciones jurídicas de contenido patrimonial o económico que no superen los cuarenta (40) SLMLMV.
• Derechos y obligaciones originados en la autonomía privada de la voluntad, como los negocios y los contratos, o de manera inmediata en la ley, como la responsabilidad por daños.
• Servidumbres.
• Posesión.
• Entrega material de la cosa por el tradente al adquirente.
• Rendición de cuentas.
• Pago por consignación.
• Responsabilidad civil contractual y extracontractual.
En materia comercial, controversias relacionadas con:
• El contrato de sociedad.
• El contrato de arrendamiento de locales comerciales.
• La suscripción de títulos valores.
• Competencia desleal y estatuto del consumidor.
En materia penal, controversias relacionadas con:
• Los delitos que requieren querella y en los cuales deberá adelantarse obligatoriamente la conciliación pre-procesal (Código de Procedimiento Penal Colombiano, Art. 74).
Personas con discapacidad:
En el Centro de Conciliación Rafael Uribe Uribe, estamos capacitados por el Ministerio de Justicia y del Derecho en la formalización de apoyos para personas con discapacidad, mayores de edad, que requieran la suscripción de un Acuerdo de Apoyo o una Directiva Anticipada a través de acta de conciliación.
¿En qué consiste?
¿Cómo accedo al servicio?
Opción 2: Puede remitir su solicitud de conciliación de manera virtual a través del siguiente formulario
Opción 3: Puede comunicarse al número celular 314 8081594.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al servicio?
2) Presentar factura de pago de un servicio público del lugar donde reside.
3) Estar censado en el SISBEN en las categorías A o B.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al servicio?